Encuéntranos en:
Búsqueda:

El TCP respecto a la presión del evismo: “Nadie puede perpetuarse en el poder”

El TCP respecto a la presión del evismo: “Nadie puede perpetuarse en el poder”

Gonzalo Hurtado aseguró que, en el marco del compromiso con los vocales del TSE, las elecciones generales se deben llevar a cabo el 17 de agosto, para el cambio de gobierno.

“Nadie puede perpetuarse en el poder”, respondió Gonzalo Hurtado, presidente del TCP, a los seguidores de Evo Morales que marchan y bloquean vías para forzar la inscripción de la candidatura del expresidente ante el TSE.

Hurtado ratificó la vigencia de las sentencias 1010/2023-S4, un auto constitucional, y la 0007/2025, que ponen límites a la reelección presidencial en Bolivia.

“La Sentencia 1010 y su complementación fue clara, y a través de una acción normativa, la 007, que estableció, también de forma precisa, lo que se dispuso en la 1010: nadie puede perpetuarse en el poder”, recordó el presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sobre los fallos emitidos.

Hurtado también hizo referencia a los compromisos a los que se llegaron con los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para que las elecciones generales se lleven a cabo el 17 de agosto, como está establecido en la Constitución y en el calendario electoral.

Candidatura “por las malas”

El expresidente Morales instruyó movilizaciones en todo el país, en especial en la sede de Gobierno, para que sus seguidores logren inscribirlo como candidato presidencial ante el TSE y así participar en las elecciones generales del 17 de agosto.

Para lograr su objetivo, dirigentes interculturales evistas amenazaron y piden la renuncia del presidente Luis Arce. La participación de Morales en los próximos comicios será “por las buenas o por las malas”, aseguraron.

Sentencias, constitución y referéndum

La Constitución Política del Estado (CPE) establece un límite de dos mandatos consecutivos para el presidente y vicepresidente.

En 2016, un referéndum rechazó la propuesta de modificar la Constitución y le dijo “no” a la reelección presidencial de Morales. Pese a este resultado de consulta popular, en 2017 el TCP emitió una sentencia con la que Morales se habilitó para las elecciones de 2019, que terminó en una crisis política, social y su renuncia.

En diciembre de 2023, este mismo tribunal emitió una nueva sentencia que revoca la anterior, estableciendo que la reelección no es un derecho humano y que los mandatarios solo pueden ejercer por dos periodos, sean continuos o discontinuos.

Este fallo fue ratificado por un auto constitucional y la Sentencia 007/2025, por lo que Morales, quien gobernó tres periodos seguidos, ya no puede presentarse a las elecciones de 2025.

Estas sentencias están respaldadas en la CPE y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su opinión consultiva de 2018.

AEP 


Imprimir   Correo electrónico

Ahora El Pueblo logo

Búsqueda